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Licencias y permisos ambientales

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Autorización para el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos.

Cuando una persona natural o jurídica tenga la intención de realizar la exportación de residuos peligrosos y otros residuos desde el territorio nacional hacia  países que sean parte del Convenio de Basilea, miembros de la OCDE, de la Comunidad Europea y Liechtenstein por razones de inexistencia o falta de capacidad para el manejo ambientalmente adecuado de los residuos en instalaciones autorizadas en el territorio nacional; debe solicitar una autorización para la exportación de residuos peligrosos, para garantizar el manejo ambientalmente racional de los mismos, reduciendo los riesgos que se puedan generar durante el transporte.

Además, se requiere de autorización para el movimiento transfronterizo, para la importación de residuos no peligrosos que se clasifiquen en el Anexo II del Convenio de Basilea (Ej los residuos plásticos clasificados en la categoría Y48)

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