Licencias y permisos ambientales
Licencias Ambientales
La licencia ambienta es la autorización que otorga la autoridad ambiental para la ejecución de un proyecto, obra o actividad que pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.
El Decreto 1076 de 2015 establece los sectores para los cuales es exigible la licencia ambiental:
Hidrocarburos; minería; siderúrgicas y cementeras; construcción de presas, represas o embalses; eléctrico; marítimo y portuario; aéreo; obras públicas; residuos; industria manufacturera; pesticidas; riego; importación y/o producción de sustancias, materiales
o productos sujetos a
tratados internacionales; proyectos en áreas del SPNN; proyectos que requieran trasvase de cuenca; introducción de especies foráneas.
Estudios Ambientales
Los estudios ambientales son objeto de emisión de conceptos técnicos por parte de las autoridades ambientales competentes; y, para cada uno de ellos, existen unos términos de referencia (no obligatorios) y una metodología general para su presentación (obligatoria).
Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA)
El DAA proporciona la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que propone quien solicita la licencia ambiental, bajo las cuales sea posible desarrollar un poryecto, obra o actividad. El DAA debe tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, el análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas. Este documento le da elementos a la autoridad para elegir la mejor opción del proyecto, que en últimas deberá ser la que mejor racionalice los recursos.
Estudio de Impacto Ambiental (EIA)
El EIA es el conjunto de información que deberá presentar ante la autoridad ambiental competente el peticionario de una Licencia Ambiental. El EIA contendrá información sobre la localización del proyecto, y los elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del medio que pueden sufrir deterioro por la respectiva obra o actividad, para cuya ejecución se pide la licencia, y la evaluación de los impactos que pueden producido. Además, tendrá el diseño de los planes de prevención, mitigación, eliminación y compensación de impactos y el plan de manejo ambiental de la obra o actividad. (Artículo 57 de la ley 99 de 1993)
Permisos Ambientales
El permiso es el procedimiento que debe adelantar cualquier usuario (persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera) ante la autoridad ambiental, en caso de requerir el uso, aprovechamiento de los recursos naturales renovables, o de desarrollar proyectos, obras o actividades de equipamiento e infraestructura que involucran algún recurso natural renovable (CARDER, 2014).
El EIA es el conjuntoEl DAA suministra la información para evaluar y comparar las diferentes opciones que propone quien solicita la licencia ambiental, bajo las cuales sea posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. El DAA debe tener en cuenta el entorno geográfico y sus características ambientales y sociales, el análisis comparativo de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad, y de las posibles soluciones y medidas de control y mitigación para cada una de las alternativas. Este documento le da elementos a la autoridad para elegir la mejor opción del proyecto, que en últimas, deberá ser la que mejor racionalice los recursos